'Nanysex', condenado a 58 años por 11 delitos sexuales a cinco menores.
El abogado de las víctimas recurrirá al Supremo por considerar 'insuficiente' la pena.
Las vejaciones se han tipificado como abusos por no apreciarse evidencias de violencia.
El Defensor del Menor de la CAM califica de 'inadmisible' que no se considere como agresión.
MADRID.- La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al pederasta Álvaro Iglesias, alias 'Nanysex', a 58 años de prisión por cinco delitos de abusos sexuales y seis delitos de corrupción de menores cometidos contra cinco menores entre 2002 y 2004 en las localidades madrileña de Collado Villalba y la murciana de Lo Pagán.
El abogado Manuel Maza, que representa a varias víctimas, ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo al considerar que la pena impuesta al pederasta es insuficiente.
La sentencia describe también las secuelas y el fuerte trauma psicológico que sufren algunas de las víctimas y que pueden afectar a su futura "evolución sexual" en la edad adulta.
Además de las penas de cárcel, el tribunal considera que 'Nanysex' y los otros tres condenados deberán indemnizar en un total de 700.000 euros a los menores que sufrieron los abusos.
El tribunal señala que la pena impuesta a los procesados responde a la "gravedad de los delitos cometidos" y apunta que dicha gravedad se deduce del "contenido mismo" de los actos, así como de la edad de las víctimas y del "número de actos realizados".
Según la sentencia dictada por la Sección 23 de la Audiencia provincial, la gravedad de los hechos se ve "intrínsecamente cualificada" por el hecho de que tres de los procesados "aprovecharan la realización de este tipo de actos depravados para grabarlos y poder distribuirlos posteriormente entre terceras personas".
En contra de lo que pidió el Ministerio Público, la Audiencia Provincial califica los delitos de continuados, en vez de contemplarlos de manera individual, esgrimiendo que la continuidad delictiva se justifica en que "las acciones realizadas sobre los menores responden a una misma idea criminal y a un propósito delictivo por parte de sus autores, no existiendo una diferencia temporal grande".
En la última sesión del juicio, la Fiscalía pidió para 'Nanysex' 75 años de cárcel por 23 delitos de abusos sexuales. El fiscal estimó que las vejaciones debían de ser tipificadas como abusos y no como agresiones sexuales al no apreciar en las imágenes evidencias de violencia o intimidación, requisitos que exige la Ley para que haya una violación.
En este sentido, la resolución subraya que no se puede acoger la calificación de agresión sexual porque "no se ha acreditado que haya existido realmente violencia física o intimidación", si bien reconoce que "en algunos casos que obran en las actuaciones se aprecia como uno de los procesados, Álvaro I.G., sujeta a alguno de los menores con sus manos la cabeza" para vejarle.
El Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Arturo Canalda, ha calificado de "inadmisible" que se condene a 'Nanysex' por abusos sexuales y no po por agresión.
"No tiene sentido que a pesar de que los menores son muy pequeños y no pueden ejercer oposición contra la agresión que están sufriendo, sólo se contemple un delito de abuso sexual", ha explicado Canalda.
Deducción de testimonio
Asimismo, la sentencia señala que el caso de 'Nanysex', que cometía los abusos aprovechando que se quedaba de "canguro" de los menores, "crea una grandísima alarma social a la que el Estado ha de responder de manera firme".
El Tribunal que enjuició los hechos, reconociendo que "puede parecer sorprendente" ha ordenado también deducir testimonio contra el padre que agredió a 'Nanysex' en una de las sesiones del proceso pese a que ninguna parte lo solicitó.
En la sentencia hecha pública este lunes, se ha condenado también a 31 años de cárcel por delitos de abusos a menores y corrupción a José G.C., a 14 años y medio a Eduardo S.M. y a tres años de prisión a Antonio O.M., en este caso por distribuir material pornográfico de menores.
Abusos desde los 13 años
'Nanysex' fue detenido el 26 de mayo de 2005 tras una investigación policial descubrió que el procesado se ofrecía como 'canguro' para acercarse a los niños y grababa sus actos de abusos a menores en vídeos que posteriormente intercambiaba con los otros procesados a través de Internet.
Para captar a sus víctimas, Álvaro I.G., que trabajaba habitualmente en una tienda de informática y regentaba un cibercafé en Murcia, publicaba un anuncio en Internet y en los periódicos que decía: "Canguro a domicilio. Experiencia con niños y educación infantil.
El pedófilo comenzó a abusar de niños menores de cinco años cuando tenía 13 años según explicó a uno de los psiqíatras presentes en el proceso judicial.
Según indicó el especialista, 'Nanysex' cumple los parámetros para determinar que sufre un trastorno denomindado parafilia de tipo pedófilo por la prontitud de su "delincuencia sexual" y sus continuos intentos de dejar el tratamiento psiquiátrico que recibía.
Extraído de la web http://www.elmundo.com/
Como de puede comprobar en este tipo actos criminales, las víctimas al ser bebés o menores de edad están completamente indefensos ante sus agresores. El Código Penal este maldito que tenemos que tan bien reprime ciertos comportamientos, otros como éstes deja a las víctimas con el "culo totalmente al aire" y nunca mejor dicho. Por tanto habría que modificarlo (si, otra puñetera vez) para proteger a los más indefensos, en este caso los bebés ya que los actos que se debieran castigar como violaciones, no lo son porque no media violencia o intimidación en el acto y por tanto son castigados como abusos sexuales (menos pena). Una verdadera verguenza que pone de manifiesto una vez más los mal que legislan estos politicuchos, pagándolo en este caso, los más inocentes e indefensos.
Y si son enfermos mentales que los castren o hagan algo (lo de las castración química parecía prometer en ciertos paises del entorno) porque los demás no tenemos la culpa de la enfermedad de estos sujetos.
Basta ya de la mediocre legalidad y el desamparo en la que se ven sumidos ciertas víctimas.
Abuso sexual a un menor = violación = condena
Las vejaciones se han tipificado como abusos por no apreciarse evidencias de violencia.
El Defensor del Menor de la CAM califica de 'inadmisible' que no se considere como agresión.
MADRID.- La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al pederasta Álvaro Iglesias, alias 'Nanysex', a 58 años de prisión por cinco delitos de abusos sexuales y seis delitos de corrupción de menores cometidos contra cinco menores entre 2002 y 2004 en las localidades madrileña de Collado Villalba y la murciana de Lo Pagán.
El abogado Manuel Maza, que representa a varias víctimas, ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo al considerar que la pena impuesta al pederasta es insuficiente.
La sentencia describe también las secuelas y el fuerte trauma psicológico que sufren algunas de las víctimas y que pueden afectar a su futura "evolución sexual" en la edad adulta.
Además de las penas de cárcel, el tribunal considera que 'Nanysex' y los otros tres condenados deberán indemnizar en un total de 700.000 euros a los menores que sufrieron los abusos.
El tribunal señala que la pena impuesta a los procesados responde a la "gravedad de los delitos cometidos" y apunta que dicha gravedad se deduce del "contenido mismo" de los actos, así como de la edad de las víctimas y del "número de actos realizados".
Según la sentencia dictada por la Sección 23 de la Audiencia provincial, la gravedad de los hechos se ve "intrínsecamente cualificada" por el hecho de que tres de los procesados "aprovecharan la realización de este tipo de actos depravados para grabarlos y poder distribuirlos posteriormente entre terceras personas".
En contra de lo que pidió el Ministerio Público, la Audiencia Provincial califica los delitos de continuados, en vez de contemplarlos de manera individual, esgrimiendo que la continuidad delictiva se justifica en que "las acciones realizadas sobre los menores responden a una misma idea criminal y a un propósito delictivo por parte de sus autores, no existiendo una diferencia temporal grande".
En la última sesión del juicio, la Fiscalía pidió para 'Nanysex' 75 años de cárcel por 23 delitos de abusos sexuales. El fiscal estimó que las vejaciones debían de ser tipificadas como abusos y no como agresiones sexuales al no apreciar en las imágenes evidencias de violencia o intimidación, requisitos que exige la Ley para que haya una violación.
En este sentido, la resolución subraya que no se puede acoger la calificación de agresión sexual porque "no se ha acreditado que haya existido realmente violencia física o intimidación", si bien reconoce que "en algunos casos que obran en las actuaciones se aprecia como uno de los procesados, Álvaro I.G., sujeta a alguno de los menores con sus manos la cabeza" para vejarle.
El Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Arturo Canalda, ha calificado de "inadmisible" que se condene a 'Nanysex' por abusos sexuales y no po por agresión.
"No tiene sentido que a pesar de que los menores son muy pequeños y no pueden ejercer oposición contra la agresión que están sufriendo, sólo se contemple un delito de abuso sexual", ha explicado Canalda.
Deducción de testimonio
Asimismo, la sentencia señala que el caso de 'Nanysex', que cometía los abusos aprovechando que se quedaba de "canguro" de los menores, "crea una grandísima alarma social a la que el Estado ha de responder de manera firme".
El Tribunal que enjuició los hechos, reconociendo que "puede parecer sorprendente" ha ordenado también deducir testimonio contra el padre que agredió a 'Nanysex' en una de las sesiones del proceso pese a que ninguna parte lo solicitó.
En la sentencia hecha pública este lunes, se ha condenado también a 31 años de cárcel por delitos de abusos a menores y corrupción a José G.C., a 14 años y medio a Eduardo S.M. y a tres años de prisión a Antonio O.M., en este caso por distribuir material pornográfico de menores.
Abusos desde los 13 años
'Nanysex' fue detenido el 26 de mayo de 2005 tras una investigación policial descubrió que el procesado se ofrecía como 'canguro' para acercarse a los niños y grababa sus actos de abusos a menores en vídeos que posteriormente intercambiaba con los otros procesados a través de Internet.
Para captar a sus víctimas, Álvaro I.G., que trabajaba habitualmente en una tienda de informática y regentaba un cibercafé en Murcia, publicaba un anuncio en Internet y en los periódicos que decía: "Canguro a domicilio. Experiencia con niños y educación infantil.
El pedófilo comenzó a abusar de niños menores de cinco años cuando tenía 13 años según explicó a uno de los psiqíatras presentes en el proceso judicial.
Según indicó el especialista, 'Nanysex' cumple los parámetros para determinar que sufre un trastorno denomindado parafilia de tipo pedófilo por la prontitud de su "delincuencia sexual" y sus continuos intentos de dejar el tratamiento psiquiátrico que recibía.
Extraído de la web http://www.elmundo.com/
Como de puede comprobar en este tipo actos criminales, las víctimas al ser bebés o menores de edad están completamente indefensos ante sus agresores. El Código Penal este maldito que tenemos que tan bien reprime ciertos comportamientos, otros como éstes deja a las víctimas con el "culo totalmente al aire" y nunca mejor dicho. Por tanto habría que modificarlo (si, otra puñetera vez) para proteger a los más indefensos, en este caso los bebés ya que los actos que se debieran castigar como violaciones, no lo son porque no media violencia o intimidación en el acto y por tanto son castigados como abusos sexuales (menos pena). Una verdadera verguenza que pone de manifiesto una vez más los mal que legislan estos politicuchos, pagándolo en este caso, los más inocentes e indefensos.
Y si son enfermos mentales que los castren o hagan algo (lo de las castración química parecía prometer en ciertos paises del entorno) porque los demás no tenemos la culpa de la enfermedad de estos sujetos.
Basta ya de la mediocre legalidad y el desamparo en la que se ven sumidos ciertas víctimas.
Abuso sexual a un menor = violación = condena
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